Intimidad, honor
e imagen
Porque ser cuidado no significa dejar de ser respetado
Origen y definición
La intimidad, el honor y la imagen son tres aspectos de un mismo derecho. Derecho a la personalidad, a expresar tu identidad y deseos, y ser respetados. El núcleo de la dignidad humana precisa del respeto al cuerpo y a nuestras manifestaciones de identidad, amparados por este derecho. Aun así, se recogen como derechos diferenciados porque hacen referencia a distintos ámbitos de esa misma expresión, como:
La intimidad
Es la protección de la vida privada, en un espacio libre de la mirada u acción no deseada de otras personas, disfrutando de la máxima privacidad y autonomía posible.
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Esta intimidad se refiere tanto al ámbito físico como al sentimental, y constituye un derecho fundamental independientemente del nivel de autonomía, la edad, o la estancia en una residencia/vivienda ajena.
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El honor
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La propia imagen
- Intimidad del cuerpo.
- Situaciones de dependencia.
- Intimidad social y emocional.
- Mantener tu imagen.
- Proteger tu imagen. (derechos digitales)
- Delitos contra el honor.
- Consejos para familiares y personas cuidadoras.
¿Sabías qué?
¿Qué significa esto para ti?
El derecho a la intimidad, honor e imagen se vulnera principalmente en el ámbito de los cuidados a corto o largo plazo: al necesitar ayuda para cambiarse de ropa y asearse, o tener que compartir espacios como la habitación o el baño. Las actuaciones que vulneran la intimidad de las personas mayores radican en ideas estereotipadas sobre las personas que precisan cuidados, especialmente si son muy mayores.
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Estas ideas erróneas se transforman en prejuicios – como considerar ‘incapaz’ a una persona que necesita apoyo – y estos se materializan en acciones que discriminan, o edadismo.
La intimidad supone no estar expuesto a la curiosidad ajena, tener un ámbito reservado, sin injerencias arbitrarias o ilegítimas*. Sin intimidad no existe libertad, porque siempre estamos sujetos a la opinión y percepción de otros.
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Intimidad del cuerpo
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El comportamiento que se mantiene frente a la privacidad de las personas mayores es impensable en otras etapas de la vida adulta: ignorar el pudor que pueden sentir en el aseo o en ropa interior frente a personas cuidadoras (que, además, en instituciones residenciales y hospitalarias, cambian en cada turno), el rebuscar los familiares entre sus cosas sin permiso, ignorar su sexualidad, e incluso al ser obligados a compartir habitación con una persona desconocida en la residencia. Ocultar texto

Situaciones de dependencia
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Intimidad social y emocional
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De hecho, la intimidad emocional es clave para la reducción de la ansiedad y, aunque parezca contradictorio, es vital para evitar la soledad no elegida, al permitir el desarrollo de amistades con una mejor comunicación, complicidad y confianza.
Todos tenemos derecho a las relaciones personales y familiares, a la sexualidad y las relaciones afectivas. Pero se necesitan para ello espacios privados y la disposición de tiempo propio que utilizar como deseemos: desde pasar un rato en silencio, hasta celebrar una reunión con amistades. Ocultar texto

¿Sabías qué?

Mantener tu imagen
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Protección de tu imagen
Es importante, sobre todo en esta era digital, no compartir fotografías o vídeos si no tenemos la certeza de la aprobación de lo/s protagonista/s para su divulgación.
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Es muy necesaria la sensibilización sobre el uso adecuado de las redes sociales e internet, ya que pueden suponer una pérdida indeseada de privacidad.
- Siempre nos podemos oponer a que se tome nuestra imagen (en fotografías, vídeos), e incluso al consentir puede ser con condiciones – como cambiase primero de ropa o posar de cierta manera, para dar la imagen que deseas.
- Es igualmente importante el control de los destinatarios. Al subir una foto a internet, se pierde el control sobre su destino y cualquier persona puede verla y utilizarla. Es por ello, que debemos ser cuidadosos con el contenido personal que distribuimos a través de las redes sociales digitales.
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Abusos al honor
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Nacional
Art. 18 la Constitución Española.
Ley Orgánica 1/1982, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
Internacional
Principios de la ONU a favor de las personas de edad: “Cuidados”.
“Autonomía y participación” en la Recomendación 2014/2 de la UE.
Convención Interamericana de las Personas Mayores, Art. 16 y 12.

Para familiares y personas cuidadoras
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- En el baño, la puerta cerrada da mayor privacidad.
- En la habitación,llamar antes de entrar y esperar a recibir permiso.
- En la ducha, hablar a través de la mampara o la puerta si no es necesario entrar.
- En la casa, avisar antes de pasarse y discutir horarios aun teniendo llaves.
- Ante todo, no invadir espacios privados.
¿Sabías qué?
Informe derechos «personalísimos»: privacidad, intimidad y honor.
Video: Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen en la era digital.
Ejemplo de un protocolo de intimidad en residencias: Buenas prácticas. Residencia Los Fresnos.
Art. 18 de la Constitución: Derecho al honor y a la intimidad – Derecho y Constitución.
Derechos y deberes
Todos los derechos tienen deberes, incluso en la Constitución, y es que no deberíamos exigir el respeto de nadie a quien no respetemos nosotros.
Algunos deberes en lo referente a la intimidad y el honor son:
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- Colaborar en el cumplimiento de tu proyecto de vida, así como en el proceso de autonomía y mejora de tus condiciones de salud, facilitando la información que otros necesitan para ayudarte.
- Los profesionales de cuidados, el banco, servicios sanitarios, atención en comercio… no son criados ni mayordomos al servicio de nuestra autonomía, la relación con ellos ha de ser una entre iguales, respetando tú también su dignidad y autonomía.
- Todas las personas tenemos el deber de respetar la intimidad y el honor de otras personas, no sólo de que nos respeten a nosotros. Éste es especialmente relevante en el marco de las relaciones personales y afectivas.
- Debemos expresar nuestra incomodidad ante conductas que hieran nuestra intimidad, honor o imagen, evitando así que llegue a convertirse en un problema a largo plazo. Si facilitamos la información que otros necesitan para ayudarnos, todos nos beneficiamos.
- Nuestros familiares, los profesionales de cuidados, la entidad financiera (cajas o bancos), los servicios sociales, sanitarios, el personal de atención en comercios… no son criados ni mayordomos a nuestro servicio, por lo que la relación con ellos ha de ser entre iguales, respetando tú también su intimidad, honor e imagen.
- El derecho al honor tiene un límite muy estricto marcado por la libertad de expresión de los demás. Debemos respetar ese derecho, aunque se hable mal de nosotros, siempre que se base en la verdad: el derecho al honor no es el derecho a la buena reputación, sino a la reputación que cada uno merecemos en función de nuestros actos y conductas.
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