Vivienda digna y adecuada
Conocer tu derecho a una vivienda adecuada es el primer paso para vivir con seguridad, autonomía y calidad. Aquí te explicamos qué significa, cómo te afecta y qué puedes hacer para ejercerlo.
Origen y definición
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¿Qué significa esto para ti?
Una vivienda digna y adecuada necesita cumplir ciertas condiciones como:
- Seguridad de la tenencia – en propiedad o con un contrato de alquiler, que ofrezca protección jurídica contra desalojo o desahucio.
- Servicios básicos – como pueden ser el acceso a agua y electricidad.
- Asequibilidad – su coste nunca debe poner en peligro el disfrute de otros derechos.
- Habitabilidad – la seguridad física del edificio y su protección contra los elementos.
- Accesibilidad – adaptada a las necesidades de todos.
- Ubicación – con acceso a servicios suficientes, próximos y adecuados.
- Adecuación cultural – una vivienda adecuada tiene en cuenta y respeta la expresión de cada uno.
Principales problemas
Es la carga financiera que puede llegar a suponer una hipoteca o alquiler (acceso a la vivienda), y los problemas de accesibilidad de la vivienda en el ámbito físico y sensorial (accesibilidad de la vivienda). La vivienda es el mayor de los gastos a lo largo de una vida.
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Las dificultades de acceso a/mantenimiento de la vivienda están muy unidas a las dificultades económicas. Cada vez existen más problemas en el acceso: se están priorizando los pisos de uso turístico sobre la tenencia local, los alquileres y precios de compra son desorbitados, inaccesibles para personas con rentas bajas… Todo ello, nos impide acceder a viviendas adecuadas.
Este derecho tiene que ser protegido desde los poderes públicos mediante programas públicos de vivienda y ayudas que garanticen el acceso y mantenimiento de la vivienda para personas especialmente vulnerables: personas jóvenes, personas mayores, con bajos ingresos, con discapacidad, en situación de sinhogarismo…
Siempre es preferible envejecer en la misma comunidad y entorno en que se ha vivido, aunque haya que alterar este para acondicionarlo a las nuevas necesidades de sus habitantes.
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- Vivienda digna y adecuada.
- Reducir las dificultades económicas de acceso y mantenimiento de la vivienda.
- Accesibilidad de la vivienda personal o residencia.
- Viviendas en barrios y ciudades accesibles, con servicios suficientes, próximos y adecuados.
¿Sabías qué?
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- Los pavimentos podo táctil de diferente color para señalar cambios de nivel.
- Eliminar plantas o macetas que impidan el paso o giro de una silla de ruedas.
- Instalar sillas salvaescaleras, ascensores, rampas y plataformas elevadoras.
- Situar los buzones a menor altura o con señalización en braille.
- Incluir pasamanos en la construcción de toda escalera o peldaño.
Vivienda en barrio accesible
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Apoyo del Ceapat a la red de ciudades y comunidades amigables con las personas mayores.
Más allá del ascensor. Movilidad Accesible y barreras en edificios y viviendas.
Guía de Obras y actuaciones de accesibilidad en comunidades de propietarios. CERMI.
Revista: Una casa para toda la vida, accesible y sostenible. Solidaridad Intergeneracional.
Aceras transitables
Centros municipales
De conexión que promuevan el envejecimiento saludable a través de actividades deportivas, prevención de la dependencia y la soledad, y organización de actividades culturales.
Accesibilidad
No querríamos una ciudad abarrotada de residencias, pero sin gimnasios de movilidad al aire libre ni al revés.
¿Sabías qué?
El objetivo de desarrollo sostenible nº 11 sobre ciudades y comunidades accesibles establece la necesidad de sistemas de transporte accesibles y asequibles para todas las generaciones, así como mejorar el acceso a zonas verdes y espacios públicos gratuitos, prestando especial atención a las personas en situación de vulnerabilidad como mujeres, niños, personas de más edad y/o con discapacidad.
Derechos y deberes
Todos los derechos tienen sus deberes, incluso en la Constitución que es nuestra ley de leyes, y es que no podemos exigir respeto a nadie a quien no respetemos. Algunos deberes en el acceso a la vivienda son:
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- Utilizar las prestaciones recibidas para aquello que fueron concedidas, sin abusos.
- Ser respetuoso de la vivienda alquilada, dejando el inmueble en las mismas condiciones en que lo encontró. Tanto si es de propiedad privada como pública, garantizar que el siguiente inquilino también pueda disfrutar de una vivienda adecuada.
- Ser respetuoso de los vecinos: cuidar los espacios comunes, no gritar ni realizar grandes ruidos (especialmente por la noche), asear la vivienda para no causar complicaciones o incomodidades a otros tales como olores fuertes o pequeñas plagas de insectos.
- Pagar la fianza y el alquiler a tiempo y completo o, en su defecto, estar en contacto con el arrendador para informar de cualquier retraso. En caso de no poder abonar por causa mayor, solicitar las ayudas que se precisen y buscar soluciones al problema en la medida de lo posible.
- No vivir por encima de nuestros medios – las ayudas a la vivienda y las protecciones ante el desalojo se refieren a la vivienda habitual, no a numerosas viviendas a una misma vez, o a inmuebles de lujo.
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Tenencia: tener en propiedad.
Gran tenedor de vivienda: con diez inmuebles en propiedad en una sola ciudad; o con cinco en zonas muy densamente pobladas.
Habilitación: reforma del espacio para cumplir estándares de accesibilidad.
¿Desalojo o desahucio? El desahucio es el procedimiento judicial por incumplir el contrato o los pagos; el desalojo es la ejecución de la orden de desahucio.
Apelación: la solicitud de revisión de una sentencia que se considera errónea o injusta.
Medida cautelar: una decisión de protección temporal mientras se resuelve el juicio – en este caso, parar el desalojo.
Recurso de amparo: se solicita al Tribunal Constitucional, pide protección contra una decisión judicial que incumple algún derecho o libertad fundamental.
Moratoria de lanzamiento: medida que suspende una acción legal contra una persona en situación de especial vulnerabilidad.