Derecho a la autonomía e independencia personal

Tu vida, tus decisiones, el derecho a elegir cómo vivir

Origen y definición

Del griego ‘auto’ (uno mismo) y ‘nomos’ (gobernar), autonomía significa gobernarse a uno mismo: es el derecho a elegir, una parte indispensable de la dignidad y la identidad de cada persona.
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Existe una relacion directa entre el control que tenemos sobre nuestra vida y la calidad de vida que disfrutamos. Solo uno mismo puede decidir qué le hace feliz. En el transcurrir de la vida se puede perder o debilitar la autonomía personal, bien por enfermedad o accidentes y depender de otras personas para las actividades diarias; Aun así se tiene derecho a mantener la autonomía sobre la propia vida, cómo vivir y cómo desarrollar tu vida diaria.

Esta independencia y autonomía se expresan libremente tanto en la toma de decisiones, que sean totalmente tuyas, como en la realización de los actos: es decir, planeando primero tu proyecto de vida de acuerdo a tus valores, creencias, expectativas y deseos, y llevándolo a cabo. Y ello ha de ser posible, aunque surjan dificultades y reveses nunca esperados. Si no se elige, no se tiene por qué vivir con arreglo a un sistema de vida específico e impuesto donde la opinión propia cuenta poco o nada. Aunque se precisen cuidados para vivir, estos pueden ser recibidos en el hogar, y en otros centros que permitan regresar cada día, abogando por la desinstitucionalización de los cuidados a largo plazo.

¿Qué significa esto para ti?

Independientemente de tu edad o situación, retienes siempre el derecho a actuar en función de un plan o proyecto de vida propio, con libertad en la toma de decisiones, y sin obligación de vivir en ningún caso de acuerdo a una situación decidida por otras personas, sin tu aprobación, ni prevista en tu plan de vida.
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Ni siquiera una situación de dependencia que imposibilite la toma de decisiones, debe suponer una pérdida de tu derecho a la autonomía e independencia: aun necesitando ayuda para vestirse, tomas decisiones autónomas al elegir qué ropa quieres ponerte; aunque no puedas ir sólo, sí puedes elegir a dónde quieres ir. Aunque no puedas expresar tus deseos debido a una enfermedad incapacitante como la demencia, también se tienen que respetar. Es posible dejarlo expresado con anticipación para que así sea respetado . En estos casos, la autonomía está más centrada en la decisión que la propia acción.

Al control sobre tu realidad personal inmediata, al desarrollo de tu proyecto de vida y al derecho a tomar tus decisiones:

  • El sistema de apoyos.
  • Prohibición de los ingresos involuntarios.
  • Libertad de conducta.

Imprescindible conocer por familiares y personas cuidadoras.

¿Sabías qué?

La dependencia no solo es física sino también un fenómeno emocional: Los cambios sustanciales en nuestras vidas, la pérdida de allegados y la discriminación por edad pueden dejar una honda huella en la autoestima.

Control sobre tu realidad personal inmediata

La autonomía supone el control sobre tu realidad personal inmediata, el mundo que te rodea. En España partimos de una cultura de asistencia familista que ha recaído históricamente en las mujeres de la familia, sin formación previa y sin contraprestación. A menudo las familias y personas cuidadoras no fomentan que sea la persona dependiente – mayor o no – quien decida sobre asuntos cotidianos como qué comer, qué vida social tener o qué emisora de radio escuchar… Ni tampoco en otros tan importantes y determinantes como el ser ingresado en un centro residencial, en los que todavía no se permite siquiera la autonomía en las cosas ‘pequeñas’, cómo decorar una habitación o decidir apuntarse a una actividad o programa.
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A menudo, cuando se necesita la ayuda de otra persona en cualquier fase de la vida, quien la presta puede tender a la infantilización o sobreprotección anulando la capacidad de decisión, aunque no sea intencionado . Nadie es más que nadie, y necesitar apoyos para vivir no merma nuestro derecho a la autonomía e independencia, manteniendo la capacidad de elección tanto anticipada como decidida en el momento. Además, la autonomía sobre nuestra realidad inmediata es salud: realizar las actividades que podamos potencia la movilidad física, tomar las decisiones que podamos activa la mente, y ser escuchados y escuchar, ser respetados y respetar fomenta la autoestima.

Desarrollo de proyectos de vida

Este derecho implica el desarrollo de tus proyectos de vida, es decir, a seguir llevando a cabo una vida significativa, marcada por tus valores, deseos y expectativa. Tu plan de futuro no cesa con la edad, y la atención de calidad facilita un papel activo en los cuidados propios: qué quieres hacer en cada momento, cuáles son tus deseos a corto y largo plazo, cómo deseas ser tratada por los que te rodean. Suena complicado, pero es verdaderamente sencillo cuando hay una buena comunicación y una relación de respeto:

Desinstitucionalización: priorizar un modelo de cuidados domiciliarios, y actualizar las opciones ya existentes hacia un modelo más humano y centrado en la dignidad de la persona usuaria.

Proyectos de vida: el plan a medio o largo plazo que dirige nuestras acciones, reflejo de nuestros gustos, valores y habilidades.

Infantilizar/paternalizar: hacer de menos y menospreciar, simulando las relaciones de poder y dependencia que se dan entre niñez y padres.

Capacidad jurídica irrevocable: la capacidad de una persona para ser sujeto de derechos y deberes ante la ley, es irrevocable porque no se puede negar ni anular nunca.

Relaciones familiares

Significa estar presente en las conversaciones que te afecten, teniendo en cuenta tu opinión y valorándote como un miembro valioso más de la familia, igual que siempre.
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Movidos por la impaciencia, es habitual que los familiares te quiten una tarea de las manos porque ellos lo pueden hacer más rápido, o que te corten en una historia si te olvidas de un detalle en lugar de ayudarte y animarte a seguir contándola. Incluso esos pequeños detalles pueden dañar tu capacidad autónoma, a medida que te acostumbras a no participar en decisiones y conversaciones, o a no realizar tareas por ti mismo.

Atención domiciliaria

Las situaciones deben igualmente fomentar tu independencia, asegurarse de si quieres vestirte tú o si ayudan ellos, elegir qué quieres comer o cómo te gusta tener ordenada la habitación.
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Respetar tu proyecto de vida y valores, salir juntos a pasear por lugares de tu elección o preferencias, no quedarse siempre en casa viendo la televisión. Sobre todo, deben esforzarse en favorecer tu autonomía cuando no están allí para ayudarte: adaptar el entorno facilitando el acceso a objetos de uso diario (dejar las cosas a mano para personas con movilidad reducida), o utilizando etiquetas y colores para diferenciar objetos similares (para ayudar en casos de deterioro cognitivo).

Residencias

En las residencias se da la mayor reducción de la autonomía, pero no tiene por qué ser así. Este es el caso real de una residencia en Palencia:
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“Agustín ha sido carpintero, su vida siempre ha estado relacionada con la madera y las manualidades. Ha compartido con su profesional de referencia que cuando se jubiló empezó a hacer maquetas y que esto ha sido como una continuación de su trabajo en contacto con la madera.
En la Unidad de Convivencia le han reservado un espacio para que pueda continuar haciendo maquetas. Con la ayuda de su hija ha conseguido recopilar y seleccionar las maquetas con más relevancia y las han colocado en salas del centro, y han sido ampliamente visitadas y disfrutadas por los compañeros y sus familias.”
Incluso en una situación de dependencia, con las barreras sociales y físicas que supone para una total autonomía, se continúa siendo ciudadano de pleno derecho en igualdad de condiciones, con derecho a actuar en todas las esferas de la vida comunitaria y privada. Es necesario avanzar en el cumplimiento de los PIA (Programa Individual de Atención) previsto en la Ley 39/2006 para promover una mayor autonomía social, médica, laboral, educativa… que permita vivir con la máxima independencia posible.
Se trata de mantener el mismo poder sobre uno mismo que has tenido siempre, sin permitir que te traten de menos o tomen decisiones por ti. No es sólo el Estado quien ha de asegurar este derecho, sino tambien la sociedad y las personas de tu entorno, generando un entorno facilitador y en sus acciones de cada día.

Titular de derecho a tomar tus decisiones

Siempre eres titular de derecho a tomar tus propias decisiones. En España, todas las personas tienen capacidad jurídica irrevocable: no se puede anular, aunque quizás haya personas que necesiten ayuda para hacerla efectiva mediante el sistema de apoyos.

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Mediante este sistema, se dejan plasmados tus deseos ante notario – sobre todo lo que afecte a tu vida, patrimonio, decisiones de cuidados sanitarios y de apoyo, últimas voluntades, retribución de los cuidados, etc. – para cuando no se tenga capacidad de decidir, quedando registrado y de obligado cumplimiento. Hemos pasado del Antiguo Testamento que versaba únicamente sobre el patrimonio hacia un Nuevo Testamento que lo incluye todo.

¿Sabías qué?

El derecho a decidir de manera autónoma necesita ser acompañado de una correcta información, fundamental orientar tus decisiones con conocimiento pleno y ejercer el derecho a la autonomía en todas sus formas

Al control sobre tu realidad personal inmediata, al desarrollo de tu proyecto de vida y al derecho a tomar tus decisiones:

  • El sistema de apoyos.
  • Prohibición de los ingresos involuntarios.
  • Libertad de conducta.

Imprescindible conocer por familiares y personas cuidadoras.

Ingresos involuntarios

Los ingresos involuntarios a las residencias atentan de manera gravísima contra el derecho a la autonomía: el ingreso solo puede hacerse con tu consentimiento expreso.
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Incluso en caso de deterioro cognitivo hace falta la autorización de un juez. Tú tienes la última palabra, y el derecho que retienes a decidir tu propia residencia, pesa más que los deseos de otras personas. Se puede dejar indicado en la Historia de Vida.

Conductas de obligado cumplimiento

En residencias y centros de día que suponen deberes y no se pueden eludir, aunque nos desagraden.
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Como no deambular por los pasillos de noche, pero han de tener siempre una justificación, tu seguridad y bienestar. Pero no te pueden obligar a sentarte con una persona con quien mantienes una relación pésima, ni a ser atendido por alguien que te incomoda. En esos casos, son las personas responsables del centro y los profesionales del cuidado quienes faltan al respeto a tu autonomía.

Castigos familiares

A menudo las mismas familias que confían en las personas mayores para pedir dinero o cuidar de los nietos, dejan de confiar en su capacidad de autonomía cuando tomas decisiones que no les gustan
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Como no ingresar en la residencia o buscar una nueva pareja. Entonces, “castigan” esa conducta con el silencio, la soledad o impidiendo el contacto con los nietos. Estas conductas erróneas impiden el derecho a la autonomía e independencia que todas las personas tenemos.

Independencia y autonomía personal

Es la base de otros derechos, como los de dignidad y honor. Tu autonomía de decisión va desde los aspectos más grandes, como dónde vivir, hasta las pequeñas decisiones del día a día.
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Eres tú y no tus cuidadores o familiares quien tiene derecho, por ejemplo, a elegir tu imagen y vestimenta, siendo ésta una manera de expresarte libremente. La sexualidad es una parte integral del derecho a expresar nuestra identidad y deseos que a menudo se ignora: eres tú quien decide de manera autónoma qué relaciones afectivas y/o físicas tener; quien toma la decisión de pasar tiempo con alguien y en qué condiciones, siempre consentidas mutuamente.

Imprescindible conocer por familiares y otros profesionales cuidadores

Para cuidar con calidad hay que fomentar la autonomía de la persona a la que se cuida, facilitando la participación en todo lo que le afecta: ésta ha de ser una responsabilidad principal para quién cuida. Se debe implicar a la persona en las tareas cotidianas, ya sea pelando una patata, eligiendo su ropa o pidiéndole sujetar un objeto mientras tú haces otra cosa… Hasta la actividad más pequeña permite el movimiento, practicar destrezas, activar la mente, una sensación de responsabilidad y de formar parte del proceso.
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La indefensión se aprende, después de fallar en una acción se deja de intentarlo, empeorando la autoestima y la dependencia, aunque se retengan capacidades. No excluyas nunca a la persona: si se logra el objetivo, se les felicita (un halago, un gesto de cariño) sin sorprenderte y, en caso contrario, observar por qué y analizar otras soluciones posibles juntos. No utilizar expresiones o gestos paternalistas e infantilizadores. Son adultos, son iguales, tienen capacidades que hay que preservar. La ancianidad no es enfermedad, ni constituye por sí misma una discapacidad; trabaja con las personas, no en su lugar.
Favorecer la autonomía de la persona mayor es empoderarla, es cuidarle.

¿Cómo ejercemos nuestra autonomía?

Accede a toda la información sobre cómo ejercer tu derecho a la salud haciendo clic en el siguiente botón.

Derechos y deberes

Todos los derechos tienen deberes, incluso en la Constitución, y es que no podemos exigir el respeto de nadie a quien no respetemos nosotros. Algunos deberes en el ejercicio de nuestra autonomía son:

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  • Colaborar en el cumplimiento de tu proyecto de vida, así como en el proceso de autonomía y mejora de tus condiciones de salud, facilitando la información que otros necesitan para ayudarte.
  • Los profesionales de cuidados, el banco, servicios sanitarios, atención en comercio… no son criados ni mayordomos al servicio de nuestra autonomía, la relación con ellos ha de ser una entre iguales, respetando tú también su dignidad y autonomía.
  • Respetar también la autonomía en las relaciones: querer hablar con alguien, mantener una amistad o relación sexoafectiva, ha de respetar siempre los límites impuestos por la otra persona.
  • Utilizar las prestaciones recibidas para aquello que fueron concedidas, sin abusos.
  • Aceptar la restricción de aquellas actividades para cuyo ejercicio no estamos preparados; es decir, no arriesgar más allá de lo que podemos hacer según nuestras capacidades, no ponernos en peligro por cabezonería.
  • Y cuidar de la salud manteniendo hábitos saludables.

Nacional

Art. 10 sobre el libre desarrollo de la personalidad, y art. 49 sobre autonomía de las personas con discapacidad, en la Constitución Española.

Ley 41/2002 de regulación de la autonomía del paciente.

Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Ley 8/2021 para reformar el sistema de apoyos a personas dependientes y/o con discapacidad.

Internacional

Arts. 7 y 12 de la Convención Interamericana de las Personas Mayores.

“Independencia” en los Principios de la ONU a favor de las personas de edad.

Orientaciones prioritarias, de la I a la III del Plan de Acción Internacional de Madrid.

“Autonomía y participación” en la en la Recomendación 2014/2 de la UE

Una API es una interfaz que permite que dos programas se comuniquen entre sí.
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