Vivienda digna y adecuada

Conocer tu derecho a una vivienda adecuada es el primer paso para vivir con seguridad, autonomía y calidad. Aquí te explicamos qué significa, cómo te afecta y qué puedes hacer para ejercerlo.

¿Qué vas a ver?

Origen y definición

Todas las personas tenemos derecho a una vivienda digna. . “La persona mayor tiene derecho a una vivienda digna y adecuada, y a vivir en entornos seguros, saludables, accesibles y adaptables a sus preferencias y necesidades”, ⁣ así está recogido en la Convención Interamericana para las Personas Mayores. Este es el mismo estándar que deberíamos exigir al gobierno español, a la Unión Europea y la ONU.

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Para ello, se debe garantizar tanto el acceso y seguridad de la tenencia de una vivienda, como la existencia, en el área más próxima, de servicios adecuados. Si la vivienda es accesible, adaptable y sostenible, podrá ser una casa para toda la vida, en todas las edades. Porque se podrá seguir viviendo en ella cuando tengas movilidad reducida, o cuando no puedas con los escalones, o si precisas plato de ducha o cama articulada…
Teniendo en cuenta las necesidades habituales que con frecuencia precisan las personas muy mayores, así como las de aquellas personas en situación de discapacidad y/o dependencia, la vivienda digna y adecuada ha de entenderse como aquella accesible para cualquier edad, grado de movilidad o deficiencia sensorial.

En España, las personas mayores de 65 años son propietarias de la vivienda donde residen, mayoritariamente. El principal problema de acceso es el que surge tras la viudedad: en la mayoría de Comunidades Autónomas, el/la cónyuge que sobrevive no es el/la heredero/a automático y forzoso. Esta circunstancia deja desprotegida a la persona que enviuda, que son mayoritariamente mujeres.

¿Qué significa esto para ti?

Una vivienda digna y adecuada necesita cumplir ciertas condiciones como:

  • Seguridad de la tenencia – en propiedad o con un contrato de alquiler, que ofrezca protección jurídica contra desalojo o desahucio.
  • Servicios básicos – como pueden ser el acceso a agua y electricidad.
  • Asequibilidad – su coste nunca debe poner en peligro el disfrute de otros derechos.
  • Habitabilidad – la seguridad física del edificio y su protección contra los elementos.
  • Accesibilidad – adaptada a las necesidades de todos.
  • Ubicación – con acceso a servicios suficientes, próximos y adecuados.
  • Adecuación cultural – una vivienda adecuada tiene en cuenta y respeta la expresión de cada uno.

Principales problemas

Es la carga financiera que puede llegar a suponer una hipoteca o alquiler (acceso a la vivienda), y los problemas de accesibilidad de la vivienda en el ámbito físico y sensorial (accesibilidad de la vivienda). La vivienda es el mayor de los gastos a lo largo de una vida.

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Las dificultades de acceso a/mantenimiento de la vivienda están muy unidas a las dificultades económicas. Cada vez existen más problemas en el acceso: se están priorizando los pisos de uso turístico sobre la tenencia local, los alquileres y precios de compra son desorbitados, inaccesibles para personas con rentas bajas… Todo ello, nos impide acceder a viviendas adecuadas.
Este derecho tiene que ser protegido desde los poderes públicos mediante programas públicos de vivienda y ayudas que garanticen el acceso y mantenimiento de la vivienda para personas especialmente vulnerables: personas jóvenes, personas mayores, con bajos ingresos, con discapacidad, en situación de sinhogarismo…
Siempre es preferible envejecer en la misma comunidad y entorno en que se ha vivido, aunque haya que alterar este para acondicionarlo a las nuevas necesidades de sus habitantes.

  • Vivienda digna y adecuada.
  • Reducir las dificultades económicas de acceso y mantenimiento de la vivienda.
  • Accesibilidad de la vivienda personal o residencia.
  • Viviendas en barrios y ciudades accesibles, con servicios suficientes, próximos y adecuados.

¿Sabías qué?

El riesgo de pobreza a partir de los 65 años es del 18,74%, ya que las pensiones suponen la principal fuente de ingresos en esta edad, pero casi el 35,8% de las pensiones españolas percibidas en 2024 se encontraban por debajo del umbral de pobreza. tras la jubilación, muchas personas se ven obligadas a gastar sus ahorros de toda una vida para llegar a fin de mes.
Tu vivienda personal o residencia ha de ser accesible, , segura, asequible y libremente elegida. Un espacio no será accesible si no es cómodamente habitable para todo tipo de residentes, de cualquier edad. Algunos cambios que garantizan la accesibilidad de un espacio son:
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  • Los pavimentos podo táctil de diferente color para señalar cambios de nivel.
  • Eliminar plantas o macetas que impidan el paso o giro de una silla de ruedas.
  • Instalar sillas salvaescaleras, ascensores, rampas y plataformas elevadoras.
  • Situar los buzones a menor altura o con señalización en braille.
  • Incluir pasamanos en la construcción de toda escalera o peldaño.
Cuando nuestro hogar no cumple estas condiciones, la solución no es una mudanza. Para poder seguir viviendo en tu casa, dispones de servicios socio sanitarios a domicilio, subsidios al alquiler, o ayudas económicas para adaptar tu vivienda e incluso la comunidad de vecinos. Una manera de hacer tu hogar más accesible es convertirlo en un hogar inteligente que utilice la tecnología doméstica para aumentar la seguridad y el confort de tu casa de acuerdo a tus nuevas necesidades. Además, tienes derecho la habilitación de tu edificio o urbanización para garantizar tu accesibilidad mediante la instalación de rampas, ascensores y cualquier otro dispositivo mecánico o electrónico que favorezca la orientación o comunicación con el exterior. Una vivienda no accesible – con escaleras empinadas o puertas pesadas que impiden la libre movilidad – puede causar una pérdida de independencia, generando poco a poco miedo y reticencia a salir y, por tanto, aislamiento social.

Vivienda en barrio accesible

El derecho a permanecer y adaptar la vivienda no es suficiente por sí solo: los barrios o las calles de los pueblos también deben ser adaptados a las necesidades de las personas que lo habitan. El edificio más moderno y adaptado del país no sirve de nada si, al salir a la calle, no puedes moverte sin ayuda o sin un vehículo privado, visitar comercios locales, o disfrutar de actividades de ocio y de tu entorno.
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En este contexto surgen las Ciudades amigables con las personas mayores: una red mundial ideada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como respuesta al envejecimiento de la población, conectando ciudades y comunidades para hacer del entorno urbano un espacio más agradable en el que envejecer con dignidad y calidad. Una localidad amigable es aquella que reordena el espacio físico y el orden social para permitir a las personas más mayores una vida digna, anticipándose a sus necesidades, respondiendo de manera flexible a sus necesidades, garantizando un envejecimiento saludable, reconociendo la diversidad… ¿Qué significa esto?

Aceras transitables

Para personas con cualquier tipo de movilidad.

Centros municipales

De conexión que promuevan el envejecimiento saludable a través de actividades deportivas, prevención de la dependencia y la soledad, y organización de actividades culturales.

Accesibilidad

En los espacios municipales y en la información – adecuando el lenguaje a las capacidades, la señalización en eventos, los documentos dirigidos al ciudadano…

No querríamos una ciudad abarrotada de residencias, pero sin gimnasios de movilidad al aire libre ni al revés.

¿Sabías qué?

El objetivo de desarrollo sostenible nº 11 sobre ciudades y comunidades accesibles establece la necesidad de sistemas de transporte accesibles y asequibles para todas las generaciones, así como mejorar el acceso a zonas verdes y espacios públicos gratuitos, prestando especial atención a las personas en situación de vulnerabilidad como mujeres, niños, personas de más edad y/o con discapacidad.

Derechos y deberes

Todos los derechos tienen sus deberes, incluso en la Constitución que es nuestra ley de leyes, y es que no podemos exigir respeto a nadie a quien no respetemos. Algunos deberes en el acceso a la vivienda son:

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  • Utilizar las prestaciones recibidas para aquello que fueron concedidas, sin abusos.
  • Ser respetuoso de la vivienda alquilada, dejando el inmueble en las mismas condiciones en que lo encontró. Tanto si es de propiedad privada como pública, garantizar que el siguiente inquilino también pueda disfrutar de una vivienda adecuada.
  • Ser respetuoso de los vecinos: cuidar los espacios comunes, no gritar ni realizar grandes ruidos (especialmente por la noche), asear la vivienda para no causar complicaciones o incomodidades a otros tales como olores fuertes o pequeñas plagas de insectos.
  • Pagar la fianza y el alquiler a tiempo y completo o, en su defecto, estar en contacto con el arrendador para informar de cualquier retraso. En caso de no poder abonar por causa mayor, solicitar las ayudas que se precisen y buscar soluciones al problema en la medida de lo posible.
  • No vivir por encima de nuestros medios – las ayudas a la vivienda y las protecciones ante el desalojo se refieren a la vivienda habitual, no a numerosas viviendas a una misma vez, o a inmuebles de lujo.

Tenencia: tener en propiedad.

Gran tenedor de vivienda: con diez inmuebles en propiedad en una sola ciudad; o con cinco en zonas muy densamente pobladas.

Habilitación: reforma del espacio para cumplir estándares de accesibilidad.

¿Desalojo o desahucio? El desahucio es el procedimiento judicial por incumplir el contrato o los pagos; el desalojo es la ejecución de la orden de desahucio.

Apelación: la solicitud de revisión de una sentencia que se considera errónea o injusta.

Medida cautelar: una decisión de protección temporal mientras se resuelve el juicio – en este caso, parar el desalojo.

Recurso de amparo: se solicita al Tribunal Constitucional, pide protección contra una decisión judicial que incumple algún derecho o libertad fundamental.

Moratoria de lanzamiento: medida que suspende una acción legal contra una persona en situación de especial vulnerabilidad.

¿Quieres saber cómo ejercer tu derecho?

Una API es una interfaz que permite que dos programas se comuniquen entre sí.
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Gestiones bancarias y uso de cajeros automáticos

  • Atención preferente. Si tu entidad dispone de atención específica para personas mayores, solicita este servicio para reducir los tiempos de espera y recibir un trato más adaptado a tus necesidades.
  • Atención presencial. Si no sabes utilizar un cajero automático, la banca por Internet o la aplicación móvil de tu banco, pide que te atienda una persona en la sucursal. No pueden obligarte a utilizar únicamente los canales digitales.
  • Explicaciones claras. Si no entiendes una operación, un contrato, una comisión o cualquier documento, solicita que te lo expliquen con un lenguaje sencillo. Tienes derecho a preguntar las veces que necesites.
  • Horario de ventanilla. Muchas entidades amplían el horario hasta 14:00h para retirar o ingresar dinero. Infórmate en tu sucursal.
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  • Teléfono de atención para personas mayores. Si tu sucursal dispone de líneas gratuitas o números específicos, podrás resolver dudas, consultar tus cuentas, comunicar incidencias o pedir información sin desplazamientos.
  • Gestor personal. Profesional de oficina asignado a cada cliente para informar sobre recursos disponibles, sesiones formativas, demostraciones prácticas o materiales para aprender a utilizar los servicios digitales con mayor seguridad.
  • Correos Cash. Utiliza la oficina de Correos para retirar o ingresar dinero en efectivo o recibir o entregar el efectivo en tu domicilio, mediante el personal de reparto rural. Infórmate si tu entidad bancaria dispone de este servicio.
  • Cajeros itinerantes. Este servicio, gestionado por algunas diputaciones provinciales, gobiernos autonómicos o entidades financieras, llega en forma de furgonetas y camiones a pueblos rurales sin sucursales bancarias en días y horarios fijos.
  • Reclamación si no respetan tus derechos. Ante el Servicio de Atención al Cliente de tu entidad por una atención inadecuada o impedimento de acceso a los servicios bancarios por no utilizar medios digitales.
  • Apoyo en el uso del cajero automático. Pide al personal de la oficina que te acompañe o te enseñe cómo hacerlo.
  • ¿Puede el banco obligarme a utilizar el cajero automático? No, si tienes dificultades puedes solicitar atención personal.
  • ¿Qué ocurre si el cajero se queda con mi tarjeta? Contacta inmediatamente con tu banco para bloquearla y solicitar una nueva si fuera necesario.
  • ¿Pueden cobrarme por sacar dinero en un cajero? Depende del cajero y las condiciones de tu cuenta, pero el banco debe informar siempre del coste antes de realizar la operación.
  • ¿Qué puedo hacer si han cerrado la sucursal bancaria de mi municipio? Consulta las alternativas disponibles, como oficinas móviles, cajeros itinerantes o Correos Cash.
  • ¿Es obligatorio usar la banca online para realizar gestiones bancarias? No, puedes seguir realizando las gestiones de forma presencial o por otros canales que ofrezca tu entidad.
  • ¿Puedo solicitar que las comunicaciones bancarias me lleguen por correo postal en lugar de correo electrónico? Sí, puedes solicitarlo a tu entidad bancaria para que te envíe las comunicaciones por ese medio.
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