¿Cómo ejercemos
el derecho a testar?

Existen distintas formas de ejercer el derecho a testar. Lo importante es que tu decisión sea libre, consciente y refleje tu verdadera voluntad. Si cambias de opinión, la ley también te permite modificarla, con facilidad, y sin excesivos costes.

Haciendo un testamento

Estas son algunas de las formas, aunque no todas las existentes.
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Testamento ante notario

Es la forma más habitual y recomendable. Solo tienes que acudir a una notaría y explicar cómo quieres repartir tu patrimonio.
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El notario te informará sobre las opciones que ofrece la ley, resolverá tus dudas y redactará el testamento para que refleje fielmente tu voluntad. También puedes preguntar por otras opciones que no conoces y que te puedan interesar. El contenido del testamento es confidencial y únicamente producirá efectos cuando fallezcas. Mientras vivas, seguirás siendo libre para administrar, vender o donar tus bienes. El testamento solo afectará a los bienes y derechos que formen parte de tu patrimonio en el momento de tu fallecimiento.
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Testamento ológrafo

También puedes hacer un testamento de tu puño y letra, sin necesidad de acudir al notario en ese momento.
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Debe cumplir los requisitos que establece la ley para que sea válido y, tras el fallecimiento, deberá ser reconocido judicialmente antes de poder ejecutarse. Por ello, suele recomendarse el testamento notarial por ofrecer mayores garantías y evitar problemas posteriores, queda registrado y garantiza su existencia.

Otras formas de hacer testamento en algunas comunidades autónomas

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Además del testamento ante notario o del testamento escrito de puño y letra (ológrafo), algunas comunidades autónomas con Derecho civil propio ofrecen otras formas de organizar la herencia. Estas opciones solo pueden utilizarse cuando la ley de esa comunidad resulta aplicable, normalmente por tener allí la vecindad civil.
El testamento mancomunado (o de hermandad)
En algunas comunidades autónomas, dos personas pueden hacer un único testamento en el mismo documento. Es una opción que no existe en la mayor parte de España, pero sí está permitida en:
  • Aragón
  • Galicia
  • Navarra
  • País Vasco

Aunque muchas veces lo hacen los matrimonios, en algunos territorios, como el País Vasco, también pueden hacerlo otras personas si cumplen los requisitos que establece la ley.

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Dejar que otra persona reparta la herencia (comisario o poder testatorio)
En Aragón y, sobre todo, en el País Vasco, una persona puede encargar a alguien de su confianza que, cuando ella fallezca, decida cómo repartir la herencia siguiendo las instrucciones que haya dejado. Esta posibilidad puede ser útil cuando se quiere adaptar el reparto a las necesidades de la familia en el momento del fallecimiento.
Los pactos sucesorios
Algunas comunidades permiten que las personas acuerden en vida cómo se repartirá una herencia, mediante un acuerdo con efectos legales. Aunque no es un testamento, sirve para planificar la sucesión con antelación. Esta posibilidad existe en:
  • Aragón
  • Cataluña
  • Galicia
  • Islas Baleares
  • Navarra
  • País Vasco
Es una herramienta muy utilizada para facilitar el relevo en empresas familiares, explotaciones agrarias o negocios, y también para evitar futuros conflictos entre los herederos.
Una figura propia de Aragón
El Derecho aragonés permite que una persona designe a alguien para que decida cómo repartir la herencia después de su fallecimiento, teniendo en cuenta las circunstancias familiares que existan en ese momento. Esta figura recibe el nombre de fiducia sucesoria y es una institución propia de Aragón.

Puedes cambiar
de opinión

El testamento no es definitivo. Mientras conserves tu capacidad para decidir, puedes:

    • Modificar su contenido.
    • Revocarlo completamente.
    • Hacer un nuevo testamento.
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No es necesario recuperar o destruir el anterior. Siempre será válido el último testamento otorgado conforme a la ley. Si hiciste un testamento ante notario, basta con acudir nuevamente a cualquier notaría para otorgar uno nuevo. Si realizaste un testamento ológrafo, también podrás sustituirlo por otro o acudir posteriormente a un notario si prefieres una mayor seguridad jurídica. Es recomendable revisar el testamento cuando se produzcan cambios importantes en tu vida, como un matrimonio, un divorcio, el nacimiento de hijos o nietos, el fallecimiento de un familiar o una modificación importante de tu patrimonio. Habitualmente, hacer un testamento tiene un precio menor a 100 €. Aunque no es una cantidad elevada, es prudente tener claro lo que queremos establecer en el testamento para evitar gastos innecesarios.

¿Tienes alguna duda?

Normativa principal

Este derecho está reconocido y protegido, entre otras, por las siguientes normas:

Nota Dependiendo de la Comunidad Autónoma en que residas, puede haber peculiaridades en la forma de otorgar el testamento o en las disposiciones que puedes realizar.

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Gestiones bancarias y uso de cajeros automáticos

  • Atención preferente. Si tu entidad dispone de atención específica para personas mayores, solicita este servicio para reducir los tiempos de espera y recibir un trato más adaptado a tus necesidades.
  • Atención presencial. Si no sabes utilizar un cajero automático, la banca por Internet o la aplicación móvil de tu banco, pide que te atienda una persona en la sucursal. No pueden obligarte a utilizar únicamente los canales digitales.
  • Explicaciones claras. Si no entiendes una operación, un contrato, una comisión o cualquier documento, solicita que te lo expliquen con un lenguaje sencillo. Tienes derecho a preguntar las veces que necesites.
  • Horario de ventanilla. Muchas entidades amplían el horario hasta 14:00h para retirar o ingresar dinero. Infórmate en tu sucursal.
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  • Teléfono de atención para personas mayores. Si tu sucursal dispone de líneas gratuitas o números específicos, podrás resolver dudas, consultar tus cuentas, comunicar incidencias o pedir información sin desplazamientos.
  • Gestor personal. Profesional de oficina asignado a cada cliente para informar sobre recursos disponibles, sesiones formativas, demostraciones prácticas o materiales para aprender a utilizar los servicios digitales con mayor seguridad.
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  • ¿Qué puedo hacer si han cerrado la sucursal bancaria de mi municipio? Consulta las alternativas disponibles, como oficinas móviles, cajeros itinerantes o Correos Cash.
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