Intimidad, honor
e imagen

Porque ser cuidado no significa dejar de ser respetado

¿Qué vas a ver?

Origen y definición

La intimidad, el honor y la imagen son tres aspectos de un mismo derecho. Derecho a la personalidad, a expresar tu identidad y deseos, y ser respetados. El núcleo de la dignidad humana precisa del respeto al cuerpo y a nuestras manifestaciones de identidad, amparados por este derecho. Aun así, se recogen como derechos diferenciados porque hacen referencia a distintos ámbitos de esa misma expresión, como:

La intimidad

Es la protección de la vida privada, en un espacio libre de la mirada u acción no deseada de otras personas, disfrutando de la máxima privacidad y autonomía posible.

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Esta intimidad se refiere tanto al ámbito físico como al sentimental, y constituye un derecho fundamental independientemente del nivel de autonomía, la edad, o la estancia en una residencia/vivienda ajena.

El honor

Aunque pueda parecer un concepto un poco anticuado, hace referencia a la proyección de la identidad de la persona, expresada en su reputación…
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y lo que otros piensan de ella. Es el sentimiento que tenemos de nosotros mismos, y cómo queremos compartirlo con la sociedad. Su significado cambia según las normas, valores e ideas de cada momento, sociedad y persona.

La propia imagen

Es la dimensión pública de la personalidad: supone decidir qué imagen queremos compartir de nosotros mismos, o si preferimos no hacerlo.
Estos tres derechos personalísimos cobran especial importancia en situaciones de dependencia, ingreso sociosanitario o en instituciones residenciales, donde la vida en común va a limitar los espacios de intimidad.
  • Intimidad del cuerpo.
  • Situaciones de dependencia.
  • Intimidad social y emocional.
  • Mantener tu imagen.
  • Proteger tu imagen. (derechos digitales)
  • Delitos contra el honor.
  • Consejos para familiares y personas cuidadoras.

¿Sabías qué?

Los derechos personalísimos son los que están más unidos a la persona y su personalidad, incluyen derechos muy conocidos, como la vida y la libertad, pero también otros que se dan por sentado hasta que no se tienen, como el derecho a tener un nombre y una nacionalidad.

¿Qué significa esto para ti?

El derecho a la intimidad, honor e imagen se vulnera principalmente en el ámbito de los cuidados a corto o largo plazo: al necesitar ayuda para cambiarse de ropa y asearse, o tener que compartir espacios como la habitación o el baño. Las actuaciones que vulneran la intimidad de las personas mayores radican en ideas estereotipadas sobre las personas que precisan cuidados, especialmente si son muy mayores.

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Estas ideas erróneas se transforman en prejuicios – como considerar ‘incapaz’ a una persona que necesita apoyo – y estos se materializan en acciones que discriminan, o edadismo.
La intimidad supone no estar expuesto a la curiosidad ajena, tener un ámbito reservado, sin injerencias arbitrarias o ilegítimas*. Sin intimidad no existe libertad, porque siempre estamos sujetos a la opinión y percepción de otros.

Intimidad del cuerpo

Todos sabemos que es necesaria la privacidad en casos de desnudos o la vida sexual de cada uno, pero a menudo renunciamos a la intimidad en situaciones específicas y con consentimiento.
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Una vez hemos renunciado (en el médico, con una pareja, con la asistencia doméstica) es difícil conocer los límites, y cuando deja de existir el consentimiento.
El comportamiento que se mantiene frente a la privacidad de las personas mayores es impensable en otras etapas de la vida adulta: ignorar el pudor que pueden sentir en el aseo o en ropa interior frente a personas cuidadoras (que, además, en instituciones residenciales y hospitalarias, cambian en cada turno), el rebuscar los familiares entre sus cosas sin permiso, ignorar su sexualidad, e incluso al ser obligados a compartir habitación con una persona desconocida en la residencia.

Situaciones de dependencia

Ya sea en el contexto residencial, de un centro de día o de asistencia domiciliaria, es necesaria la privacidad física en el aseo y al cambiarse de ropa… En caso de requerir apoyo, este ha de ser discreto y respetuoso.
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Hay que evitar durante el proceso cualquier tipo de gesto de desagrado o reproche; garantizar que la persona se sienta cómoda, considerando que el género del profesional puede generar malestar: “¿Por qué me tiene que bañar un celador, si a mí el único hombre que me ha visto jamás es mi marido?” Tienes derecho a sentirte cómodo en la intimidad, y han de respetar tus límites.

Intimidad social y emocional

Conversaciones, pensamientos, amistades y relaciones son tuyas, y son privadas. En el entorno institucional, como en los cuidados familiares, se ignora la necesidad de tener conversaciones privadas.
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También se ignora la sexualidad de las personas que envejecen, pero estas son una parte integral del derecho a expresar nuestra identidad y deseos.
De hecho, la intimidad emocional es clave para la reducción de la ansiedad y, aunque parezca contradictorio, es vital para evitar la soledad no elegida, al permitir el desarrollo de amistades con una mejor comunicación, complicidad y confianza.
Todos tenemos derecho a las relaciones personales y familiares, a la sexualidad y las relaciones afectivas. Pero se necesitan para ello espacios privados y la disposición de tiempo propio que utilizar como deseemos: desde pasar un rato en silencio, hasta celebrar una reunión con amistades.

¿Sabías qué?

El derecho a la sexualidad supone la libre elección de la orientación sexual, la expresión de los deseos, y el acceso a la salud sexual. Sin embargo, no implica el ‘derecho al sexo’, ya que las relaciones afectivas no pueden contradecir nunca el consentimiento de la otra persona implicada.

Mantener tu imagen

Decidir qué ropa ponerte, recibir asistencia en higiene, cómo peinarte… Para poder sentirte cómodo en ti mismo, sentir que eres tú.
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No es simple coquetería ni vanidad, nadie conoce tu identidad mejor que tú mismo, es por eso que la responsabilidad de tu imagen debe recaer únicamente en ti.

Protección de tu imagen

Es importante, sobre todo en esta era digital, no compartir fotografías o vídeos si no tenemos la certeza de la aprobación de lo/s protagonista/s para su divulgación.

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Es muy necesaria la sensibilización sobre el uso adecuado de las redes sociales e internet, ya que pueden suponer una pérdida indeseada de privacidad.

  • Siempre nos podemos oponer a que se tome nuestra imagen (en fotografías, vídeos), e incluso al consentir puede ser con condiciones – como cambiase primero de ropa o posar de cierta manera, para dar la imagen que deseas.
  • Es igualmente importante el control de los destinatarios. Al subir una foto a internet, se pierde el control sobre su destino y cualquier persona puede verla y utilizarla. Es por ello, que debemos ser cuidadosos con el contenido personal que distribuimos a través de las redes sociales digitales.

Abusos al honor

Aquellos que nos hacen sentir, “menos que”. Se trata de las ofensas psicológicas, emocionales o verbales; o la divulgación de información personal que querrías haber mantenido en el ámbito privado.
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Ejemplos del día a día podrían ser los comentarios familiares sobre ti, hablando como si no estuvieras delante “últimamente se despista mucho, se le está yendo la cabeza”, o de un profesional sociosanitario a otro, detallando información privada y que has contado en confidencia, como problemas afectivos o diagnósticos médicos.

Nacional

Art. 18 la Constitución Española.

Ley Orgánica 1/1982, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

Internacional

Principios de la ONU a favor de las personas de edad: “Cuidados”.

 “Autonomía y participación” en la Recomendación 2014/2 de la UE.

Convención Interamericana de las Personas Mayores, Art. 16 y 12.

Para familiares y personas cuidadoras

Los momentos que para la familia y personas cuidadoras no suponen más que un trámite a lo largo del día, son momentos vitales e íntimos para la persona que recibe cuidados. El apoyo en espacios privados puede comprometer la intimidad, por lo que es necesario ser siempre consciente de ofrecer tanta libertad como sea posible. Es igualmente importante, no hacer nunca gestos de desagradado o comentarios sobre su cuerpo. Fortalezcamos la dignidad y la autoestima.
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Algunas conductas a cumplir para garantizar la libertad son:
  • En el baño, la puerta cerrada da mayor privacidad.
  • En la habitación,llamar antes de entrar y esperar a recibir permiso.
  • En la ducha, hablar a través de la mampara o la puerta si no es necesario entrar.
  • En la casa, avisar antes de pasarse y discutir horarios aun teniendo llaves.
  • Ante todo, no invadir espacios privados.

¿Sabías qué?

El derecho al honor no significa que nadie pueda hablar mal de otra persona. Es el derecho a que se tenga de ti la imagen que mereces por tus propios actos. Entonces, no es el derecho a la buena reputación, sino a la verdad.

Derechos y deberes

Todos los derechos tienen deberes, incluso en la Constitución, y es que no deberíamos exigir el respeto de nadie a quien no respetemos nosotros.

Algunos deberes en lo referente a la intimidad y el honor son:

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  • Colaborar en el cumplimiento de tu proyecto de vida, así como en el proceso de autonomía y mejora de tus condiciones de salud, facilitando la información que otros necesitan para ayudarte.
  • Los profesionales de cuidados, el banco, servicios sanitarios, atención en comercio… no son criados ni mayordomos al servicio de nuestra autonomía, la relación con ellos ha de ser una entre iguales, respetando tú también su dignidad y autonomía.
  • Todas las personas tenemos el deber de respetar la intimidad y el honor de otras personas, no sólo de que nos respeten a nosotros. Éste es especialmente relevante en el marco de las relaciones personales y afectivas.
  • Debemos expresar nuestra incomodidad ante conductas que hieran nuestra intimidad, honor o imagen, evitando así que llegue a convertirse en un problema a largo plazo. Si facilitamos la información que otros necesitan para ayudarnos, todos nos beneficiamos.
  • Nuestros familiares, los profesionales de cuidados, la entidad financiera (cajas o bancos), los servicios sociales, sanitarios, el personal de atención en comercios… no son criados ni mayordomos a nuestro servicio, por lo que la relación con ellos ha de ser entre iguales, respetando tú también su intimidad, honor e imagen.
  • El derecho al honor tiene un límite muy estricto marcado por la libertad de expresión de los demás. Debemos respetar ese derecho, aunque se hable mal de nosotros, siempre que se base en la verdad: el derecho al honor no es el derecho a la buena reputación, sino a la reputación que cada uno merecemos en función de nuestros actos y conductas.

¿Quieres saber cómo ejercer tu derecho?

Una API es una interfaz que permite que dos programas se comuniquen entre sí.
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Gestiones bancarias y uso de cajeros automáticos

  • Atención preferente. Si tu entidad dispone de atención específica para personas mayores, solicita este servicio para reducir los tiempos de espera y recibir un trato más adaptado a tus necesidades.
  • Atención presencial. Si no sabes utilizar un cajero automático, la banca por Internet o la aplicación móvil de tu banco, pide que te atienda una persona en la sucursal. No pueden obligarte a utilizar únicamente los canales digitales.
  • Explicaciones claras. Si no entiendes una operación, un contrato, una comisión o cualquier documento, solicita que te lo expliquen con un lenguaje sencillo. Tienes derecho a preguntar las veces que necesites.
  • Horario de ventanilla. Muchas entidades amplían el horario hasta 14:00h para retirar o ingresar dinero. Infórmate en tu sucursal.
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  • Teléfono de atención para personas mayores. Si tu sucursal dispone de líneas gratuitas o números específicos, podrás resolver dudas, consultar tus cuentas, comunicar incidencias o pedir información sin desplazamientos.
  • Gestor personal. Profesional de oficina asignado a cada cliente para informar sobre recursos disponibles, sesiones formativas, demostraciones prácticas o materiales para aprender a utilizar los servicios digitales con mayor seguridad.
  • Correos Cash. Utiliza la oficina de Correos para retirar o ingresar dinero en efectivo o recibir o entregar el efectivo en tu domicilio, mediante el personal de reparto rural. Infórmate si tu entidad bancaria dispone de este servicio.
  • Cajeros itinerantes. Este servicio, gestionado por algunas diputaciones provinciales, gobiernos autonómicos o entidades financieras, llega en forma de furgonetas y camiones a pueblos rurales sin sucursales bancarias en días y horarios fijos.
  • Reclamación si no respetan tus derechos. Ante el Servicio de Atención al Cliente de tu entidad por una atención inadecuada o impedimento de acceso a los servicios bancarios por no utilizar medios digitales.
  • Apoyo en el uso del cajero automático. Pide al personal de la oficina que te acompañe o te enseñe cómo hacerlo.
  • ¿Puede el banco obligarme a utilizar el cajero automático? No, si tienes dificultades puedes solicitar atención personal.
  • ¿Qué ocurre si el cajero se queda con mi tarjeta? Contacta inmediatamente con tu banco para bloquearla y solicitar una nueva si fuera necesario.
  • ¿Pueden cobrarme por sacar dinero en un cajero? Depende del cajero y las condiciones de tu cuenta, pero el banco debe informar siempre del coste antes de realizar la operación.
  • ¿Qué puedo hacer si han cerrado la sucursal bancaria de mi municipio? Consulta las alternativas disponibles, como oficinas móviles, cajeros itinerantes o Correos Cash.
  • ¿Es obligatorio usar la banca online para realizar gestiones bancarias? No, puedes seguir realizando las gestiones de forma presencial o por otros canales que ofrezca tu entidad.
  • ¿Puedo solicitar que las comunicaciones bancarias me lleguen por correo postal en lugar de correo electrónico? Sí, puedes solicitarlo a tu entidad bancaria para que te envíe las comunicaciones por ese medio.
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